
Recientemente, el Banco Central de Uruguay (BCU) ha emitido un comunicado señalando: (i) que los activos virtuales no constituyen monedas de curso legal, como sí lo es el peso uruguayo, en tanto que no cuentan con el respaldo de ningún banco central; (ii) que la emisión y comercialización de estos no son actividades sujetas a una regulación específica, por lo que no son objeto de protección al usuario financiero; (iii) que algunos activos virtuales pueden estar expuestos a la alta volatilidad en su precio; y, (iv) que los activos virtuales favorecen el anonimato, lo que podría tener riesgos como el de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, o incluso fraude.
Pese a dichas precisiones, el BCU señaló que dichos instrumentos tienen potencial para contribuir al desarrollo y eficiencia del sistema financiero, por lo que se estableció un grupo de trabajo interno para realizar un estudio interdisciplinario sobre los activos virtuales, dando como resultado un marco conceptual de distintas operaciones que involucren esta clase de activos, así como nuevas actividades que pudiesen ya estar reguladas. En ese sentido, se prevé que se convoque a diálogo para el último trimestre del año, con el objetivo que los principales actores de la industria, reguladores y organismos internacionales coadyuven a perfeccionar el marco conceptual, para luego abordar una regulación eficiente.
Asimismo, cabe mencionar que en Uruguay no es extraño que se converse sobre este tipo de regulaciones ya que, en agosto se dio a conocer un proyecto de ley para regular bitcoin y otras criptomonedas, por lo que el Estado emitiría hasta cuatro tipos de licencias para dicha industria. Dicha regulación alcanzaría a las empresas de Exchange, servicios de custodia, emisión de tokens y minería de activos digitales, conforme informa Criptonoticias.